Normal No. 4 de Nezahualcóyotl

Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación

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Se consideran estudiantes de la Escuela Normal No. 4 de Nezahualcóyotl; los que realizan estudios de formación inicial, continua y de posgrado que cubren los requisitos establecidos en la normatividad vigente.

 
Con base en el Reglamento de Escuelas Normales del Estado de México, los derechos y obligaciones de los estudiantes son:
 
Derechos
 
I.- Recibir una educación que les permita el desarrollo integral y armónico de todas sus facultades.
II.- Participar en forma abierta, responsable, crítica y constructiva, en el funcionamiento de la escuela.
III.- Hacer uso de los servicios escolares, instalaciones, materiales y anexos con que cuenta la institución.
IV.- Recibir asesoría y orientación académica.
V.- Participar en los clubes, talleres y demás actividades institucionales que fortalezcan su formación inicial.
VI.- Participar en las actividades que organice la institución y/o las que convoquen otras instancias, autorizadas por la misma.
VII.- Solicitar la revisión del proceso de evaluación de sus aprendizajes cuando lo considere necesario.
VIII.- Recibir información oportuna de las diferentes actividades que se realicen en la institución.
IX.- Disfrutar el tiempo de receso establecido en el horario escolar.
X.- Recibir información sobre su situación académica oportunamente y cuando la solicite.
XI.- Obtener los documentos oficiales que acrediten su preparación académica.
XII.- Acudir ante las autoridades escolares que corresponda, en el caso de que se le impida el ejercicio de sus derechos y/o se transgreda alguno de ellos.
XIII.- Formar parte de las organizaciones estudiantiles que funcionan al interior de la institución.
XIV.- Interponer el recurso de reconsideración ante la instancia respectiva cuando sea sancionado por conductas que ameriten baja definitiva.
XV.- Solicitar baja temporal, cuando su situación académica y/o personal lo amerite, en apego a la normatividad vigente.
 
 
Obligaciones
 
I.- Conocer y cumplir la normatividad establecida para las Escuelas Normales del Estado de México.
II.- Conocer y cumplir los reglamentos internos que regulan los procesos institucionales.
III.- Cumplir con los acuerdos emanados de los órganos colegiados, así como las disposiciones emanadas de las autoridades educativas.
IV.- Asumir su proceso de formación conforme al perfil de egreso establecido en el plan de estudios correspondiente.
V.- Participar en el desarrollo de los contenidos temáticos, propósitos y proyectos derivados de los programas de estudio.
VI.- Ser partícipe de los procesos de evaluación, formativos y sistemáticos, señalados en el plan de estudios vigente.
VII.- Asistir con regularidad y puntualidad a las actividades escolares y de formación complementaria establecidas en el plan de estudios.
VIII.- Permanecer en la institución durante el tiempo establecido para las actividades escolares.
IX.- Manifestar responsabilidad y compromiso en el desarrollo de las actividades institucionales.
X.- Asistir y participar en eventos y actividades a que la escuela convoque.
XI.- Cubrir en los tiempos establecidos, las aportaciones económicas que por inscripciones, servicios escolares, programas estatales o nacionales, autoricen las instancias correspondientes.
XII.- Manifestar una conducta acorde con la identidad profesional y ética, fortaleciendo la imagen de la institución.
XIII.- Cuidar su integridad física y la de los integrantes de la comunidad escolar respetando las normas de seguridad establecidas.
XIV.- Manifestar actitudes de respeto y atención hacia sus compañeros, personal docente, administrativo y manual.
XV.- Proporcionar veraz y oportunamente los datos personales que requiera la institución.
XVI.- Gestionar ante las instancias correspondientes, la justificación de inasistencias en que incurran, considerando los motivos especificados en la normatividad interna.
XVII.- Cuidar y participar en los programas para la conservación, mantenimiento y aseo del edificio, mobiliario, instalaciones y anexos.
XVIII.- Reparar los daños y/o perjuicios ocasionados a los bienes de la escuela, cuando éstos se deban a descuidos o acciones intencionales, independientemente de la sanción que amerite.
XIX.- Proveerse oportunamente de uniformes, equipos y materiales necesarios para el desarrollo de las actividades inherentes a su formación.